Infografía Fénix: Giro a la derecha vs. giro a la izquierda: ¿quién tiene la prelación?

Giro a la derecha vs. giro a la izquierda: ¿quién tiene la prelación?

Infografía Fénix: Giro a la derecha vs. giro a la izquierda: ¿quién tiene la prelación?

Esta situación es muy común en las intersecciones de La Estrella y el Valle de Aburrá: un vehículo viene de frente y va a girar a la izquierda, mientras otro, en sentido contrario, gira a la derecha y los dos van a entrar a la misma vía.

Entonces, ¿quién tiene la prelación?

Tiene la prelación el vehículo azul, que gira a la derecha. El vehículo amarillo, que gira a la izquierda, debe esperar y ceder el paso.

¿Por qué?

Quien gira a la izquierda cruza el carril del tráfico contrario, por eso es quien debe asegurarse de que el paso esté libre. El que gira a la derecha no atraviesa ningún carril y sigue su trayectoria natural.

Sustento normativo

  • Artículo 70, Ley 769 de 2002 (Prelación en intersecciones o giros): Cuando dos vehículos que transitan en sentido contrario llegan a una intersección y uno de ellos va a girar a la izquierda, tiene prelación el que no cruza el carril contrario.
  • Artículo 70, mismo artículo: Antes de girar, el conductor debe ubicarse en el carril más próximo al sentido del giro y entrar a la vía de destino por el carril más cercano.

Errores frecuentes

  • Iniciar el giro a la izquierda sin detenerse, aunque venga un vehículo de frente.
  • Girar desde un carril lejano al sentido del giro; el artículo 70 exige ubicarse antes en el carril más próximo.
  • Señalizar tarde o no señalizar: el otro conductor no puede adivinar su maniobra.

Ponte a prueba: pregunta tipo examen

Dos vehículos en sentido contrario llegan a una intersección: uno gira a la izquierda y el otro a la derecha. ¿Quién tiene la prelación?

  1. El que gira a la izquierda
  2. El que gira a la derecha
  3. El que va más rápido
  4. El de mayor tamaño

Respuesta correcta: B. El que gira a la derecha, porque no cruza el carril contrario.

Para recordar

Quien cruza el carril contrario es quien espera.

Sanciones que pueden aplicar

  • C.7 (15 SMDLV, cerca de $633.111 en 2026): no señalizar con luces direccionales o con la mano, con la debida anticipación, un giro o cambio de carril.
  • C.3 (15 SMDLV, cerca de $633.111 en 2026): bloquear una calzada o intersección con el vehículo, salvo por accidente de tránsito.

En Colombia no existe un código de comparendo específico por “no respetar la prelación” en este tipo de situaciones. Aun así, si se produce un choque, quien incumple la regla del artículo 70 puede ser responsabilizado por el siniestro y sus daños.

Los comparendos se calculan en salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV); los valores en pesos son aproximados para 2026 y pueden variar. Consulta tu situación en el SIMIT o con la autoridad de tránsito. Fuente: artículo 131 de la Ley 769 de 2002.

Consejo de Fénix

Antes de girar a la izquierda, mire siempre el espejo, señalice con tiempo y deténgase si viene alguien de frente. Es mejor perder 5 segundos que provocar un choque.

¿Quieres aprender a manejar con seguridad y conocer a fondo las normas de tránsito? Escríbenos y matricúlate en Fénix Centro de Enseñanza Automovilística, en La Estrella, Antioquia.

Sigue la serie sobre prelaciones

Share this post

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *